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JUDICIALES

Niegan la libertad a un hombre que estuvo al filo de cometer femicidio

Ricardo Argentino Álvarez purga 10 años de prisión por un gravísimo hecho sucedido en Pringles. Según su defensa, ya está en plazo para salir, pero se lo rechazaron publico en su pagina el medio regional La Nueva

29/06/2024
Niegan la libertad a un hombre que estuvo al filo de cometer femicidio

La tarde/noche del 28 de junio de 2013, en Coronel Pringles, Ricardo Argentino Álvarez se dirigió a la casa de quien había sido su pareja durante 27 años con la idea de matarla.

Llegó portando un cuchillo y con su Peugeot 505 gris cargado de sus pertenencias, como para fugarse una vez que consumara el crimen, según él mismo confesó.

Luego de una breve discusión con su ex, y sin mediar palabra, le clavó en el tórax la hoja de una cuchilla de 24 centímetros, provocándole una herida profunda. La arremetida siguió adentro de la vivienda, pero la víctima tuvo "salvación" con la oportuna intervención de su hermana, quien resistió como pudo a Álvarez y lo puso en fuga.

 

"Si tu hermana no vuelve conmigo la voy a matar y ahora la quiero matar porque yo sé que con esto igual voy preso...Denunciame, hace lo que quieras, pero yo vine a matarla, ando con todo arriba del auto porque vine a matarla y escaparme", advirtió a los gritos.

Las dos hermanas sufrieron heridas, pero sobrevivieron y fueron hospitalizadas. Y el acusado volvió a demostrar su frialdad al comunicarse con su excuñada cuando era atendida, para saber "si necesitaba dinero" y preguntar "si habían hecho la denuncia", pero sin preguntar por su salud.

Álvarez intentó escapar pero fue interceptado y detenido por la Policía. Llegó a juicio y lo condenaron a 10 años de prisión.

Le imputaron el delito de homicidio agravado por el vínculo en grado de tentativa y lesiones leves culposas en concurso real de delitos.

Consideró la Justicia que "puso en marcha un plan pretendiendo con su accionar procurar la muerte de la víctima, resultado que no acaeció por razones ajenas a su voluntad".

También se tuvieron en cuenta como agravantes que en 2012 le habían impuesto una medida de exclusión por 3 meses -él volvió supuestamente cambiado, aunque al tiempo todo fue igual- y que un mes antes de la brutal agresión la había amenazado de muerte: "De fin de año no pasás...".

Pedido de su defensa

El juez de Ejecución Penal Nº 1, Claudio Brun, le negó la libertad asistida por agotamiento de pena, pero la defensa apeló ante la Cámara Penal y nuevamente recibió un rechazo.

En el recurso, el abogado de Álvarez insistió con que la pena estaba agotada, que el dictamen del Departamento Técnico Criminológico del Servicio Penitenciario Bonaerense era favorable hacia el condenado, con conducta ejemplar 10.

También señaló que las conclusiones de las pericias del médico psiquiatra de la Asesoría Pericial Departamental aludieron a "un riesgo bajo de violencia en el examinado".

A su vez, expuso casi como atenuantes que su asistido está por cumplir 60 años, que no tiene instrucción primaria completa, que se crío en el campo, siempre a cargo de tareas rurales, y que en el tiempo de condena no había recibido ningún tratamiento psicológico y le habían rechazado 7 veces la libertad condicional.

Sin embargo, la Sala I de la Cámara Penal mantuvo el fallo de primera instancia, consideró "improcedente" el reclamo de parte de la defensa y ordenó que el hombre continuara entre rejas.

La resolución fue firmada por los camaristas Gustavo Barbieri y Pedro Morán, quien actúa como subrogante.

"Las razones dadas por el magistrado interviniente (en alusión al doctor Claudio Brun) para apartarse del dictamen favorable resultan suficientes, desde que encuentran respaldo objetivo en las constancias de la incidencia. 

"Así, aun de advertirse la existencia de avances en el desempeño institucional del condenado (en lo que hace hincapié la defensa), ello resulta insuficiente para considerar cumplidos con todos los requisitos establecidos por el legislador nacional y provincial", para dar la libertad, señaló la Cámara Penal.

Sostuvo, a su vez, que "existen razones" para apartarse de la recomendación penitenciaria, a partir de conclusiones del informe psicológico en el penal y también respecto de la valoración efectuada por el médico psiquiatra, que dan cuenta de "la incipiente capacidad reflexiva del condenado".

Qué concluyen las pericias

Impulsos. El juez Claudio Brun valoró las reservas de orden psicológico de Álvarez descriptas en el informe del SPB. El hombre dijo que "no pudo controlar sus impulsos", ayudado por el "excesivo consumo de alcohol".

Análisis. "El sujeto cuenta con un funcionamiento intelectual a predominio de las operaciones concretas. Sostiene idéntico relato y posicionamiento subjetivo que en instancias previas, donde manifiesta su responsabilidad sin que ello implique una plena autocrítica o reflexión sobre el delito cometido", dijeron los peritos.

Consecuencias. "Se evidencia la irrupción de conductas impulsivas, sin mediar pensamiento o lectura de las consecuencias", ampliaron.

Resocialización. "El penado se encuentra aún sumido en una situación subjetiva que implica no haber logrado una internalización mínima de los desajustes a que hace referencia el informe citado. En este sentido, en principio, se deduce que su proceso de resocialización se encuentra en desarrollo", concluyeron.
 

FUENTE LA NUEVA 

 

 
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